A diferencia de otro libro semejante -Bases críticas para un nuevo derecho penal, este tiene por objeto considerar no solo el aspecto jurídico penal, sino la totalidad del sistema penal, como forma específica del control. Por tanto, la llamada cuestión o fenómeno criminal se entiende no como algo puramente individual o social, sino en primer lugar como una construcción desde el control, entendido este como una forma de organización concreta del poder.
Fundamentar la construcción de un determinado delito y con ello el control del Estado ha de significar también poner límites en relación con su ejercicio sobre el ciudadano. La fundamentación no se basta a sí misma, no se legitima, si al mismo tiempo no es un límite de control. Es el control del control. Por eso el ciudadano, además, ha de estar en posibilidad de revisar tanto la fundamentación como los límites al control y con ello su legitimación. Pero esta revisión al poder y control del Estado, no es solo en relación con el aparato, con la sociedad política, sino también con la sociedad civil, pues hasta ella se extiende ese poder y control que son expresión del sistema en su conjunto. La única diferencia es que en la sociedad política aparecen siempre más evidentes y formalizadas, sin perjuicio que estas características también se observen en la sociedad civil (...)
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