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El autor busca hacer un estudio acabado sobre la figura de la "cesión de derechos", comprendiendo un análisis detallado de la cesión de créditos, de la cesión del derecho real de herencia y de la cesión de derechos litigiosos.
Sin embargo, lo primero que hace el autor es recordarnos que, a pesar del tratamiento que el Código Civil de Chile le da a esta figura al ubicarla junto con los demás contratos (específicamente entre la regulación del contrato de compraventa y la del contrato de arrendamiento), ella realmente consiste en una forma de hacer la tradición de los derechos personales y del derecho real de herencia, no consistiendo en un contrato propiamente tal.
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