💳 ¿Cuánto es lo mínimo que se puede pagar para no quedar en Dicom?
Esa fue, durante años, la gran incógnita cada vez que llegaba el estado de cuenta de la tarjeta de crédito. Y aunque muchos pensaban que el pago mínimo era una especie de “tasa de salvación divina” dictada por las fuerzas del mercado, la verdad es que era un misterio que dependía del estado de ánimo del emisor de tu tarjeta y de la matemática que ese mes se le ocurrió aplicar. La regulación actual solo exige que al menos incluyera los intereses del mes en curso.
☝️ Pero eso cambiará desde 2026. Esta semana, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó la nueva fórmula para el cálculo del pago mínimo obligatorio en tarjetas de crédito, como parte de la implementación de la Ley N°21.673.
¿La receta? Al Monto No Financiable (intereses, comisiones, seguros y las compras en cuotas sin interés del mes) se le suma un 5% del Monto Financiable (el capital pendiente). Según las autoridades, el 84% de los usuarios que realizó compras en cuotas sin interés terminó pagando intereses por ellas.
😧 La normativa no cayó bien en los emisores. Aunque valoran que la iniciativa busque evitar el sobreendeudamiento, advierten que aumentaría la morosidad. Desde la Asociación de Bancos indicaron en La Tercera que “la CMF parte de un diagnóstico equivocado”, ya que esta medida desconoce la realidad de los clientes ni el rol que el pago mínimo cumple como apoyo financiero temporal. Mientras, la Asociación del Retail Financiero señaló que la norma tiene una pata coja. ¿La culpa? Las “cuotas comercio” que ofrecen las redes de pago, a su juicio, a espaldas del emisor.
Lo cierto es que este cambio pone sobre la mesa una conversación incómoda, pero necesaria: debemos recordar que la tarjeta de crédito no es una extensión del sueldo. Es un préstamo preaprobado que solo requiere un PIN o un "pip", y que está al alcance de nuestras billeteras. Y aunque las compras sean en cuotas con o sin interés, al no pagar el total facturado, estamos un peldaño más cerca de "la B".